Clausura Fepada relleno sanitario - EL IMPARCIAL DE CHIAPAS

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martes, 27 de febrero de 2018

Clausura Fepada relleno sanitario

A las 15:00 horas de ayer el relleno sanitario de la empresa recolectora Proactiva fue clausurado finalmente por la ProcuradurĂ­a Ambiental en el Estado de Chiapas, serĂ¡n ahora los sellos quienes resguardarĂ¡n que las puertas no sean abiertas para la utilizaciĂ³n de este relleno que incumpliĂ³ normas ambientales.

Sin embargo, esta clausura serĂ¡ de manera temporal hasta que dicha empresa cumpla con la infraestructura necesaria para no contaminar los alrededores, mientras tanto no podrĂ¡ ser utilizado bajo ningĂºn motivo.

“El motivo de mi presencia es una orden de visita de verificaciĂ³n ordinaria, hemos venido en cumplimento de un oficio de la FiscalĂ­a para emitir una medida de seguridad al relleno sanitario, ya que se acreditĂ³ por medio de una carpeta de investigaciĂ³n que hay daño ambiental”, informĂ³ Yosue Palacios, inspector ambiental de la DirecciĂ³n de InspecciĂ³n y Vigilancia.

AgregĂ³, que la empresa proactiva no operaba bajo la norma oficial de la materia, por ello en coadyuvancia con la FiscalĂ­a General del Estado (FGE) se procediĂ³ a clausurar este inmueble que ha contaminado el suelo, subsuelo y mantos acuĂ­feros de los alrededores del ejido Emiliano Zapata de Tuxtla GutiĂ©rrez.

La empresa recolectora tambiĂ©n violĂ³ la Norma Oficial Mexicana (NOM) 083 que establece las directrices e hipĂ³tesis normativas con las cuales deberĂ­an de operar las personas fĂ­sicas y entidades gubernamentales como empresas particulares que se dediquen a este tipo de servicio.

La NOM 083 trata sobre: especificaciones de protecciĂ³n ambiental para la selecciĂ³n del sitio, diseño, construcciĂ³n, operaciĂ³n, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposiciĂ³n final de residuos sĂ³lidos urbanos y de manejo especial.

Esta norma observa, verifica y protege 43 diferentes conceptos contenidos en la Ley de Equilibrio EcolĂ³gico, desde Agua SubterrĂ¡nea, AltimetrĂ­a, Aprovechamiento de Residuos, Lixiviados, Control, que de violarse o afectar algĂºn concepto se procede a una sanciĂ³n y clausura.

Fue luego de una desahogo de diligencias de aproximadamente cuatro horas que los adscritos a la ProcuradurĂ­a Ambiental en el Estado de Chiapas y de la FiscalĂ­a Ambiental de la FGE procedieron a clausurar temporalmente el relleno sanitario, el cual no podrĂ¡ ser utilizado por ninguna persona, entidad pĂºblica o particular.

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