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sábado, 26 de agosto de 2017

Interesados en participar en las próximas contiendas electorales deben conducirse en un marco de legalidad y civilidad

e redes sociales del denunciado así como una cuenta en redes sociales denominada “Amigos de Rutilio”. Finalmente en la página personalwww.rutilioescandon.org.mx se citan los videos de “expresión judicial”.
En el mismo asunto se dictó la medida cautelar para que el funcionario en cita, retire de la página del poder judicial que redireccionan a su página personal, así como el retiro de dichos videos de su página personal y proceda al retiro de la publicidad de su informe de labores, enfatizó el consejero Díaz García.
El consejero también dio a conocer que ante dicha Comisión se presentaron quejas en contra de Eduardo Ramírez Aguilar, por su participación en los eventos que lleva a cabo la Fundación “Jaguar Negro” a quien se le decretó la reserva de admisión y se instruyó a la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso del IEPC ampliar la investigación preliminar. Entre otras acciones, se ordenó investigar la constitución de dicha fundación, la forma en que se encuentra registrada ante las autoridades correspondientes, los eventos que ha realizado y las demás que a criterio de la Secretaría Técnica resulten necesarias para que la Comisión cuente con mayores elementos para resolver sobre la admisión de las mismas y en su caso, la adopción de las medidas cautelares solicitadas por los denunciantes.
También se decretó la reserva de admisión de las quejas presentadas en contra de Zoé Alejandro Robledo Aburto, y Oscar Gurría Penagos así como del Partido Político MORENA, por actos anticipados de campaña, al celebrar un evento el domingo 30 de julio por el que se elegiría a un Comité Organizador para la elección de 2018 del citado instituto político, por lo que se ordenó a la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso del IEPC ampliar la investigación preliminar a fin de contar con mayores elementos para decidir sobre la admisión o desechamiento de la denuncia.
Esta misma Comisión de Quejas se declaró incompetente respecto a una queja presentada en contra del Presidente Municipal de San Fernando, Chiapas y del Jefe de Departamento de Recursos Humanos del citado Ayuntamiento, por la supuesta coacción realizada a servidores públicos de esa autoridad municipal, para asistir a un evento el domingo 8 de julio de este año, alusivo a la asamblea municipal del Partido Mover a Chiapas. Dicha comisión, determinó enviar la denuncia a la Fiscalía de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, para su atención respectiva, toda vez que se advierte la posible comisión de delitos electorales, de conformidad con el artículo 11, fracción I, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Finalmente, el presidente de la Comisión de Quejas refrendó la importancia de que los los servidores públicos y demás interesados en participar en las próximas contiendas electorales se conduzcan en un marco de legalidad y civilidad hasta en tanto inicien los tiempos establecidos en el proceso electoral local 2017-2018.






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